No se produce una sucesión de empresas cuando lo único que se produce es un traslado físico que no transmisión de documentación, sin que haya asumido medios materiales, ni transmisión de inmuebles, ni centros de trabajo, ni instalaciones y tampoco sucesión de plantillas, por lo que no se ha producido transmisión de una unidad productiva autónoma

Ello de acuerdo con tres Sentencias favorables del Juzgado de lo Social, sobre transmisión de la unidad productiva, que acabamos de recibir.

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